Prevención violencia género en el trabajo: cómo crear entornos seguros y actuar con criterio

Prevención de Riesgos Laborales

La Prevención violencia género no es un tema “externo” al trabajo. Al contrario: el empleo puede ser un factor de protección (por autonomía económica, red social y acceso a recursos) o, si se gestiona mal, convertirse en un espacio donde la víctima se siente más expuesta, más sola o incluso cuestionada. Y eso no es teoría. Pasa. A veces en silencio, a veces con señales claras que el entorno no sabe leer.

En el mundo del trabajo hablamos de violencia y acoso, de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, de conductas que deterioran la dignidad, la salud y la igualdad real. También hablamos de lo que ocurre fuera, pero impacta dentro: situaciones de violencia de género en el ámbito de la pareja o expareja que terminan afectando a horarios, rendimiento, seguridad, estabilidad o incluso a la integridad física en el puesto de trabajo.

Por eso la Prevención violencia género en el entorno laboral no se limita a “reaccionar” cuando estalla un caso. Es, sobre todo, construir un sistema: reglas claras, canales seguros, respuestas coherentes, medidas de apoyo y, algo que suele marcar la diferencia, formación específica para que la organización no improvise cuando más importa.

Qué significa “Prevención violencia género” en el entorno laboral

Cuando hablamos de Prevención violencia género en el trabajo conviene separar dos planos, porque se mezclan con facilidad:

  1. Violencia de género que ocurre fuera (generalmente en el marco de pareja/expareja) pero impacta en el trabajo.
  2. Violencia y acoso en el trabajo por razón de género, especialmente acoso sexual y acoso por razón de sexo.

El enfoque actual de organismos internacionales reconoce que el trabajo debe ser un espacio libre de violencia y acoso. El Convenio 190 de la OIT parte de esa idea: la violencia y el acoso son incompatibles con el trabajo decente y afectan de forma desproporcionada por razón de género.

En España, además, el marco de igualdad y prevención obliga a las empresas a promover condiciones que eviten el acoso sexual y por razón de sexo, y a articular procedimientos para prevenir y canalizar denuncias. Esto está alineado con la Ley Orgánica 3/2007 y con el despliegue normativo de los planes de igualdad.

Cómo se manifiesta en el trabajo la violencia género: señales y situaciones típicas

Hablar de Prevención violencia género en empresas no es solo hablar de “agresiones evidentes”. Muchas veces el problema entra por lo pequeño: bromas, comentarios, insinuaciones, trato desigual, rumores… y cuando te das cuenta, el ambiente ya está contaminado.

Señales de alerta:

    • Cambios de conducta (ansiedad, retraimiento, hipercontrol del móvil, miedo a salir sola).
    • Dificultad repentina para cumplir horarios (llegadas tarde con explicaciones difusas, ausencias).
    • Evitación de ciertas personas o espacios.
    • Comentarios de terceros (“es que es muy sensible”, “se lo toma todo a pecho”) que normalizan la falta de respeto.

Estas señales no “demuestran” nada por sí solas, pero son puntos de atención. La prevención real suele consistir en esto: observar, saber preguntar con cuidado, y tener un protocolo para no improvisar.

Acoso sexual y acoso por razón de sexo: lo que conviene entender bien

En el ámbito laboral español, el acoso sexual y el acoso por razón de sexo tienen un marco claro.

  • Acoso sexual: conductas de naturaleza sexual no deseadas que afectan la dignidad y generan un entorno intimidatorio u ofensivo.

  • Acoso por razón de sexo: conductas no necesariamente sexuales, pero dirigidas a degradar o discriminar por el hecho de ser mujer (o por estereotipos de género).

La Ley Orgánica 3/2007 recoge estos conceptos y vincula también ciertas presiones o condicionamientos como discriminación.

Aquí hay una clave práctica: no hace falta que la conducta sea “reiterada” para que sea grave. Y tampoco es necesario que exista intención de dañar: la evaluación se centra en el efecto y en el contexto.

Marco legal y obligaciones: lo que una empresa no debería ignorar

Si hablamos de Prevención violencia género en el trabajo y lo queremos hacer con rigor, hay que aterrizar obligaciones:

1) Planes de igualdad y medidas contra el acoso

El Real Decreto 901/2020 regula planes de igualdad, su negociación y registro, y se vincula a la implantación de medidas y protocolos en el marco de igualdad.

2) Protocolos y modelos oficiales

El Instituto de las Mujeres ofrece un manual de referencia y modelos descargables de protocolo para prevención y actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral. Es una referencia útil porque evita “inventar” procedimientos.

3) Estándares internacionales

El Convenio 190 de la OIT (publicado en BOE como instrumento de adhesión) fija el marco general: derecho a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso, incluyendo por razón de género.

Qué debe tener un protocolo que funcione de verdad

Un protocolo no sirve si solo existe para “cumplir”. Lo que funciona, en la práctica, suele incluir:

1) Definiciones claras y ejemplos

Cuanto más concreto, mejor. “Conductas contrarias a la libertad sexual” suena bien, pero la plantilla entiende más cuando hay ejemplos reales: mensajes insistentes, insinuaciones, comentarios físicos, humillaciones por embarazo, etc.

2) Canal de comunicación seguro

No es solo un email. Es confidencialidad, trazabilidad, y una forma de denunciar sin miedo. Si el canal existe pero todo el mundo sabe “quién lo lee”, se pierde.

3) Medidas cautelares y protección

Separación de espacios, cambios de turno, evitar contacto… y siempre evitando que la víctima sea quien “pague” el coste.

4) Investigación con garantías

La investigación interna debe ser seria. Sin interrogatorios agresivos. Sin culpabilización. Con tiempos razonables y actas.

5) Cierre y seguimiento

A veces el caso se “cierra” pero el entorno queda enrarecido. El seguimiento importa: clima, represalias, reintegración, apoyo.

Para todo esto, los modelos del Instituto de las Mujeres son un punto de partida muy recomendable.

El rol de mandos, RR. HH. y representación legal

La Prevención violencia género falla muchas veces por un motivo simple: la organización delega “en alguien” y cree que con eso basta. No.

    • Mandos intermedios: suelen ser el primer contacto. Si no están formados, minimizan (“no será para tanto”) o actúan mal (preguntas invasivas, comentarios impropios).

    • RR. HH.: necesita un procedimiento claro, registro, confidencialidad y coordinación.

    • Representación legal: aporta garantías, confianza y legitimidad, especialmente en empresas con negociación de planes de igualdad.

La prevención no es “un departamento”. Es una forma de gobernar el clima laboral.

Formación sobre Prevención violencia género, el punto que separa el papel de la realidad

Aquí voy a ser directo: sin formación específica, el protocolo se convierte en un documento bonito y poco más.

El Curso de Prevención violencia género no es solo “sensibilizar”. Es dotar de herramientas concretas:

    • reconocer conductas y límites,

    • aplicar el protocolo con garantías,

    • actuar sin revictimizar,

    • documentar,

    • saber derivar a recursos especializados.

En organizaciones que necesitan implementar esto con seriedad, suele funcionar bien una formación estructurada, con contenidos legales y prácticos, que pueda completarse sin interrumpir la actividad (por ejemplo, en modalidad online y con una carga horaria suficiente para profundizar, como programas de unas 30 horas).

Errores comunes que arruinan la prevención

1) “Aquí no pasa”

El clásico. Si no se nombra, no existe. Y eso es justo lo que favorece que pase.

2) Protocolos copiadas sin adaptación

Modelos genéricos sin roles reales ni canales definidos.

3) Confundir confidencialidad con silencio

Confidencialidad protege a la víctima; silencio protege al agresor.

4) Reaccionar tarde

Cuando el ambiente está dañado, cuesta el doble recomponerlo.

Buenas prácticas que sí tienen impacto en la prevención de violencia de género

    • Protocolos basados en modelos oficiales y revisados regularmente:

      Un protocolo de actuación frente al acoso o la violencia de género solo es útil si está actualizado y si las personas lo conocen. Las buenas prácticas pasan por basarse en modelos oficiales —como los establecidos por la legislación vigente o los convenios colectivos— y someterlos a revisión periódica.

      Las organizaciones cambian, la legislación evoluciona y las sensibilidades sociales avanzan. Un protocolo que no se revisa anualmente corre el riesgo de quedar obsoleto o desconectado de la realidad de la plantilla.

      Además, estos protocolos deben ser accesibles, estar redactados en un lenguaje claro y ser conocidos por toda la organización. De poco sirve tener un documento excelente si nadie sabe dónde encontrarlo o cómo activarlo.

    • Formación periódica y práctica por perfiles (mandos, RR. HH., plantilla).

      No todas las personas en la empresa necesitan la misma formación. Un enfoque eficaz reconoce que los mandos intermedios, el personal de recursos humanos y la plantilla general tienen roles y responsabilidades diferentes en la prevención y detección de situaciones de violencia de género.

      Los mandos y responsables de equipo necesitan formación específica para identificar señales de alerta, gestionar conversaciones difíciles y aplicar el protocolo sin revictimizar a quien denuncia. El departamento de recursos humanos debe conocer en profundidad el marco legal, los procedimientos internos y las redes de apoyo externas. Y la plantilla en general debe recibir formación básica sobre qué comportamientos son inaceptables, cómo actuar si presencian una situación problemática y qué recursos tienen a su disposición.

      Esta formación no puede ser un evento aislado. Debe ser periódica, práctica y participativa, con casos reales (anonimizados), ejercicios de role-playing y espacios para resolver dudas sin miedo al juicio.

    • Canales de comunicación y apoyo claros.

      Una víctima de violencia de género que no sabe a quién acudir o que no confía en los canales disponibles difícilmente dará el paso de pedir ayuda. Por eso, es fundamental establecer vías de comunicación claras, confidenciales y seguras.

      Esto incluye contar con un buzón específico, una dirección de correo dedicada, una persona de referencia externa o incluso un canal telefónico de atención. La clave está en garantizar la confidencialidad, la imparcialidad y la protección de quien denuncia. También es importante comunicar con frecuencia la existencia de estos canales y recordar que están disponibles para consultas, no solo para denuncias formales.

    • Mensajes consistentes desde dirección: tolerancia cero real, no solo retórica.

      La tolerancia cero no puede ser solo un eslogan en la web corporativa. Debe manifestarse en decisiones concretas, en la asignación de recursos, en la respuesta rápida ante incidentes y en el ejemplo que dan las personas que lideran la organización.

      Cuando la dirección es consistente en su mensaje —aplicando las mismas consecuencias independientemente del nivel jerárquico de la persona agresora, dando visibilidad a las acciones preventivas, hablando del tema sin tabúes—, se envía una señal clara a toda la plantilla: aquí esto no se tolera. Y esta coherencia construye confianza.

    • Medición del clima (encuestas, indicadores de rotación, quejas).

      Lo que no se mide, no se puede mejorar. Las organizaciones que toman en serio la prevención de la violencia de género incorporan indicadores en su sistema de gestión: encuestas de clima laboral, índices de rotación desglosados por género, número de quejas o consultas recibidas, tiempo de respuesta ante incidentes, nivel de participación en las formaciones, etc.

      Estos datos permiten detectar problemas antes de que escalen, identificar áreas de mejora y evaluar la efectividad de las medidas adoptadas. Además, hacen visible el compromiso de la empresa y facilitan la rendición de cuentas.

La Prevención violencia género es un proceso continuo. No un documento y ya.

Conclusión

La Prevención de violencia de género en el trabajo exige algo más que buenas intenciones. Exige estructura, consistencia y conocimiento. El marco legal es claro, las guías oficiales existen y los estándares internacionales empujan en la misma dirección: el mundo del trabajo debe ser un espacio libre de violencia y acoso.

En la práctica, las organizaciones que mejor previenen son las que hacen tres cosas sin excusas: protocolizan, forman y acompañan. Protocolizan para que nadie improvise; forman para que la gente entienda y actúe con criterio; y acompañan para que la víctima no se quede sola y el entorno no se convierta en un segundo castigo.

Si tu objetivo es tomarte esto en serio (y hacerlo bien, de forma aplicable), la diferencia suele estar en contar con una formación ordenada y completa que aterrice la prevención al día a día laboral, con casos, procedimientos y enfoque normativo. A veces, esa es la pieza que faltaba para pasar del “deberíamos” al “sabemos cómo”.

Preguntas frecuentes

¿Qué incluye la prevención de violencia de género en una empresa?

Incluye medidas de sensibilización, protocolos de actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo, canales de comunicación seguros, medidas de protección y formación. También abarca acciones como la evaluación de riesgos psicosociales con perspectiva de género, la adaptación de jornada o puesto para víctimas de violencia de género, y la promoción de una cultura organizacional basada en el respeto y la igualdad.

¿Es obligatorio tener un protocolo contra el acoso sexual y por razón de sexo?

Sí. El Real Decreto 901/2020 establece la obligación de negociar e implementar un protocolo de prevención y actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo en todas las empresas, independientemente de su tamaño.

Este protocolo debe formar parte del plan de igualdad (cuando sea obligatorio) o desarrollarse como instrumento independiente.

Los modelos oficiales del Instituto de las Mujeres se usan como referencia práctica y son de acceso público.

¿Qué diferencia hay entre acoso sexual y acoso por razón de sexo?

El acoso sexual incluye cualquier comportamiento verbal, no verbal o físico de naturaleza sexual no deseado, que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra la dignidad de una persona o crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo. Ejemplos: comentarios sobre el cuerpo, contacto físico no consentido, proposiciones, chantaje sexual.

El acoso por razón de sexo se basa en discriminación, humillación o degradación vinculada al género de la persona, aunque no tenga contenido sexual explícito. Ejemplos: comentarios despectivos sobre las capacidades profesionales de las mujeres, trato infantilizador, exclusión de reuniones o proyectos por ser mujer, bromas machistas reiteradas, presión por embarazo o maternidad.

Ambos están prohibidos por ley y deben tratarse con la misma seriedad en el protocolo.

¿Cómo debe actuar un mando intermedio si detecta una situación de riesgo?

La actuación debe ser inmediata, cuidadosa y respetuosa:

  1. Escuchar sin juzgar: ofrecer un espacio seguro para que la persona se exprese si así lo desea.
  2. Evitar preguntas invasivas: no interrogar sobre detalles innecesarios ni cuestionar la veracidad de lo relatado.
  3. Activar el canal del protocolo: informar a la persona sobre los recursos disponibles y facilitar el contacto con la vía oficial establecida (RR. HH., comisión de igualdad, etc.).
  4. Proteger a la persona afectada: evitar el contacto con el presunto agresor y, si es necesario, tomar medidas cautelares (cambio de horario, turno o ubicación).
  5. Documentar y mantener confidencialidad: registrar lo ocurrido de forma objetiva y garantizar que la información no circule fuera del proceso.

Un mando nunca debe intentar “resolver el problema” por su cuenta, mediar informalmente o minimizar la situación.

¿Qué fuentes oficiales pueden usarse para diseñar el protocolo?

El Instituto de las Mujeres publica manuales, guías metodológicas y modelos de protocolo descargables de forma gratuita. El marco normativo de referencia incluye:

  • Real Decreto 901/2020 de planes de igualdad y su registro.
  • Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
  • Convenio 190 de la OIT sobre violencia y acoso en el mundo del trabajo.
  • Ley Orgánica 1/2004 de medidas de protección integral contra la violencia de género.

Además, algunos convenios colectivos sectoriales incluyen cláusulas específicas que pueden servir de orientación.

¿Qué pasa si una persona acusada de acoso niega los hechos?

El protocolo debe garantizar el derecho a la presunción de inocencia y el derecho de defensa. Esto implica:

  • Realizar una investigación objetiva e imparcial, recabando testimonios, evidencias y versiones de todas las partes.
  • Aplicar medidas cautelares que protejan a la víctima sin prejuzgar al acusado (como separación temporal de espacios).
  • No tomar decisiones definitivas hasta concluir la investigación.
  • Respetar la confidencialidad de ambas partes durante todo el proceso.

La negación de los hechos no paraliza el procedimiento; lo importante es seguir el protocolo con rigor y profesionalidad.

¿Qué hacer si la víctima no quiere denunciar formalmente?

La decisión de activar o no el protocolo corresponde a la persona afectada en la mayoría de los casos. Sin embargo, la empresa tiene obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales y puede actuar de oficio si conoce la situación por otros medios.

Si la víctima no quiere denunciar, se puede:

  • Ofrecer apoyo psicológico y orientación sobre sus derechos.
  • Facilitar información sobre recursos externos: servicios sociales, teléfono 016, unidades de violencia de género.
  • Adoptar medidas preventivas generales (formación, revisión de procedimientos) sin identificar casos concretos.
  • Mantener la puerta abierta por si la persona cambia de opinión más adelante.

Es fundamental respetar su decisión sin presionar, pero también dejar claro que la empresa está disponible para protegerla cuando lo necesite.

¿La violencia de género solo afecta a mujeres?

La violencia de género afecta mayoritariamente a mujeres debido a la desigualdad estructural entre hombres y mujeres, y las medidas de protección específicas están diseñadas con este enfoque. Sin embargo, las políticas de prevención del acoso sexual y por razón de sexo deben proteger a todas las personas sin distinción de género, orientación sexual o identidad.

Los protocolos deben contemplar situaciones de acoso hacia hombres, personas LGTBI+ y cualquier trabajador o trabajadora que sufra conductas inapropiadas, garantizando un entorno laboral seguro para todo el mundo.

¿Qué consecuencias puede tener para la empresa no actuar ante un caso de acoso?

  • Responsabilidad legal: sanciones administrativas, demandas laborales e incluso responsabilidad penal en casos graves.
  • Costes económicos: indemnizaciones, bajas laborales, pérdida de talento, costes legales.
  • Daño reputacional: deterioro de la imagen de marca, dificultad para atraer y retener talento.
  • Clima laboral tóxico: aumento del absentismo, caída de la productividad, desmotivación generalizada.

Actuar con diligencia no es solo una obligación legal, es una inversión en la sostenibilidad y la salud de la organización.

¿Cómo pueden las empresas pequeñas implementar estas medidas si no tienen departamento de RR. HH.?

Las pequeñas empresas también están obligadas a prevenir el acoso y pueden:

  • Adaptar modelos simplificados de protocolo disponibles en el Instituto de las Mujeres.
  • Designar a una persona de confianza (interna o externa) para gestionar las consultas.
  • Contratar asesoría especializada para diseñar e implementar el protocolo.
  • Formar a la plantilla de forma grupal y accesible (talleres breves, píldoras formativas online).
  • Establecer un canal de comunicación sencillo (email, teléfono, buzón físico).

El tamaño de la empresa no exime de responsabilidad, pero sí permite adaptar las herramientas a la realidad y recursos disponibles.

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